El Pleno de la Corte Constitucional declaró parcialmente procedentes las objeciones del presidente de la República, Guillermo Lasso, respecto a las permitir el trabajo de plataformas digitales de transporte como Uber, Cabify, Indriver, entre otras.
El proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, enviado por la Asamblea Nacional disponía que las plataformas digitales podían operar siempre pertenezcan a operadoras debidamente constituidas y cumplan con algunos requisitos.
Esto fue objetado por Lasso considerando que contravenía al trabajo así como el derecho a la libertad de asociación y a la proporcionalidad de las sanciones.
La Corte dispone a la Asamblea Nacional realizar las enmiendas necesarias exclusivamente dirigidas a eliminar las inconstitucionalidades dictaminadas, para posterior sanción del presidente.
Por: Stalin Briones
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