La Ley de Tránsito recientemente aprobada por la Asamblea Nacional contempla algunas polémicas, ya que elimina algunas causales para la reducción de puntos como conducir sin placas o que estas estén adulteradas.
Es decir, una persona que conduzca un vehículo sin las placas correspondientes, alteradas u ocultas, no será sancionada pese a que el vehículo ni siquiera debería circular.
Esta decisión, según expertos, complica incluso el tema de seguridad, ya que cabe recordar que en diciembre de 2020 se determinó que la circulación de vehículos sin identificación estaba altamente ligada con actos delictivos, como el sicariato, los más sonados el de Efraín Ruales y la paciente peruana asesinada en la clínica Kennedy de Guayaquil.
Además, no se restará puntos a los conductores que no exijan a sus acompañantes el uso de cinturones de seguridad, así como a los conductores de buses tampoco se los sancionará por cargar combustible con pasajeros.
En total son 79 causales que se sancionaban con disminución de puntos que ya no son contempladas en la Ley o que se penalizan solo de manera monetaria.
Acorde a datos del Ministerio de Gobierno, los accidentes de tránsito representan la segunda causa de muerte en el Ecuador, con una media anual de 33 fallecidos por cada 100.000 habitantes, una de las tasas más altas de Latinoamérica.
La votación para aprobar esta ley fue la siguiente:
Por: Stalin Briones
sbriones@cromaclictv.com