Este jueves 20 de mayo de 2021 concluirá el Estado de Excepción decretado por el presidente Lenín Moreno y según lo anunciado por el COE Nacional cada municipio podrá tomar sus propias decisiones respecto a la movilidad sin que esto aplique a un toque de queda que solo puede ser decretado por el presidente de la República.
GUAYAQUIL
De esta manera, el COE Cantonal, presidido por Cynthia Viteri, Alcaldesa de Guayaquil, resolvió establecer 3 niveles de alerta epidemiológica mientras dure la emergencia
sanitaria en donde se determine al menos dos de estos indicadores al mismo tiempo:
En función de estos indicadores se regulan las actividades estableciendo las siguientes restricciones:
Se ratifica la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y de moderación en la vía pública. Se regula el expendio en licoreras, depósitos, minimarkets, gasolineras,
y locales autorizados de distribución:
- Alerta nivel 1.- hasta las 00h00.
Alerta nivel 2.- hasta las 22h00.
Alerta nivel 3.- hasta las 18h00.
Se mantiene el cierre de bares y discotecas hasta nuevo aviso.
Regulación de aforo en restaurantes, gimnasios y centros comerciales (también se aplicará el mismo aforo en los patios de comida, el control estará a cargo de la administración del centro comercial).
- Alerta nivel 1.- 75%
Alerta nivel 2.- 50%
Alerta nivel 3.- 30%
Regulación de aforo en cines y teatros:
- Alerta nivel 1.- 50%
Alerta nivel 2.- 30%
Alerta nivel 3.- 0%
Regulación de aforo del 30% y un máximo de 6 horas en velorios de los distintos cementerios del cantón.
- Se mantienen prohibidos los velorios en casos de COVID-19 confirmado de acuerdo al protocolo correspondiente aprobado por el COE Nacional.
Regulación en establecimientos ya sean hoteles, salones de eventos especializados y centros de convenciones que realicen eventos sociales y corporativos:
- Alerta nivel 1.- 50% de aforo, operación hasta las 2h00.
Alerta nivel 2.- 30% de aforo, operación hasta las 0h00.
Alerta nivel 3.- 10% de aforo, operación hasta las 22h00.
Estos aforos pueden aumentar hasta un 20% si los eventos se hacen al aire libre. En todos los casos, para llegar al tope de aforo se deberá garantizar la aplicación de los protocolos de bioseguridad y distanciamientos respectivos.
Apertura de canchas deportivas para uso recreativo sin la presencia de público, y de acuerdo al protocolo de la Secretaría del Deporte aprobado por el COE Nacional.
Se aplicará restricción vehicular particular de la siguiente manera:
- Alerta nivel 1.- sin restricción vehicular particular.
Alerta nivel 2.- desde las 22h00 hasta las 5h00 del día siguiente.
Alerta nivel 3.- desde las 20h00 hasta las 5h00 del día siguiente.
Se determina que hasta la próxima evaluación estamos en Alerta nivel 2 en el Cantón Guayaquil.
Se exceptúan:
✓Servicios de Salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.
✓ Seguridad Pública, Privada, Servicios de Emergencias y Agencias de Control.
✓ Sectores Estratégicos.
✓ Servicios de emergencia vial.
✓ Sector Exportador y toda su cadena logística.
✓ Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura,
entre otros.
✓ Provisión de alimentos y bebidas, incluido transporte y comercialización.
✓ Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y
comercialización.
✓ Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
✓ Trabajadores de los medios de comunicación.
✓ Plataformas y servicios de delivery.
✓ Cuerpo Diplomático, consular y organismos internacionales acreditados en el país.✓ Personas particulares en caso de emergencia debidamente
justificada.
✓ Actividades relacionadas al Sector Financiero bancario.
✓ Abogados
✓ Funcionarios de la Corte Constitucional.
✓ Servidores públicos de la Función Judicial.
✓ Funcionarios de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Procuraduría General del
Estado, Asamblea Nacional, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado.
✓ Personas responsables y/o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar.
✓ En aquellos casos que se requiera movilización hacia y desde aeropuertos, los habilitantes
serán los pasajes del titular.
✓ Personas que tienen agendadas sus citas de vacunación debidamente comprobado con el
turno asignado, incluidos aquellos que tengan a cargo su cuidado y traslado para este fin;
✓ Carga comercial que se traslade desde y hacia puertos y aeropuertos.
✓ Sector de la construcción y su cadena conexa
QUITO
El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito dio a conocer que a partir de este viernes 21 de mayo de 2021 se retomará la medida de movilidad ‘Hoy No Circula‘ y se mantienen los aforos mínimos permitidos en espacios públicos y privados.
La restricción vehicular se aplicará de acuerdo con los límites establecidos por la Secretaría de Movilidad en el siguiente horario:
- Los lunes no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 0, 1, 2 y 3
- Martes no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 2, 3, 4 y 5
- Miércoles no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 4, 5, 6 y 7
- Jueves no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8 y 9
- Viernes no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 0, 1, 8 y 9
La restricción vehicular se aplica de lunes a jueves de 06h00 a 20h00 y se habilita la libre circulación desde las 20h00 hasta las 06h00 del día siguiente. Mientras que los días viernes la restricción vehicular, para las placas asignadas, será de 06h00 a 23h00, restringiéndose la circulación vehicular desde las 23h00 hasta 06h00 del siguiente día.
Los sábados habrá libre movilidad de 06h00 a 23h00 y se restringe, totalmente, la circulación vehicular desde las 23h00 hasta las 06h00 del día siguiente. Los domingos hay libre movilidad de 06h00 a 24h00.
Los feriados podrán circular las 24 horas del día todas las placas.
- Se exceptúan de estas medidas los vehículos que tengan salvoconductos, el sector productivo, los sectores estratégicos y los que se fijen en el instructivo emitido por la Secretaría de Movilidad.
Las actividades en bares, discotecas, centros de diversión nocturna, centros de tolerancia, gimnasios y centros de entrenamiento destinados a la práctica de deportes o actividades de contacto como artes marciales, lucha, box o similares, continuarán suspendidos.
Los espectáculos públicos continuarán completamente prohibidos. Además, se mantendrá el 50% de aforo permitido para centros comerciales, supermercados, mercados, agencias bancarias, cooperativas y restaurantes. Los cines, teatros y auditorios podrán operar con el 30% del aforo.
Por: Mario Bohórquez S.
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