Proyecto de Ley de Libre Expresión prohíbe la censura y la discriminación

La Asamblea Nacional confirmó la recepción del proyecto de Ley de Libre Expresión remitido por el presidente Guillermo Lasso que tiene como finalidad derogar la norma actualmente en vigencia y que se apruebe uno nuevo.

En una de sus primera disposiciones reformatorias se indica:

Cámbiese de nombre a la Ley Orgánica de Comunicación (…), que en adelante se denominará Ley de Publicidad, Producción Nacional y Espectro Radioeléctrico.

El documento se compone de 14 artículos, 3 disposiciones reformatorias, 2 derogatorias y una disposición final, y llegó para su trámite en el Parlamento este martes 25 de mayo del 2021, un día después de que Guillermo Lasso asumió el poder.

Esta ley contiene 3 capítulos:

  1. Objeto, ámbito y principios.
  2. Autorregulación, derechos de la República, responsabilidad ulterior, no discriminación y comunicación intercultural.
  3. Derechos de los periodistas y comunicadores.

Como disposición derogatoria se se indica:

Deróguese desde el artículo 1 hasta el artículo 91.4 y desde el artículo 104 al 119 de la Ley Orgánica de Comunicación (…), así como todas sus disposiciones generales.

En el texto se indica:

MOTIVOS

Dentro de las motivaciones que sostienen el nuevo proyecto de Ley de Libre Expresión se señala:

El derecho a la libertad de expresión también tienen una relación estructural con la democracia. La formación de una opinión pública informada y consciente de sus derechos, el control ciudadano sobre la gestión pública y la exigencia de responsabilidad de funcionarios estatales no serían libres posibles si este derecho no fuera plenamente garantizado.

Una vez investido como presidente de la República, Guillermo Lasso, manifestó:

Durante los últimos 14 años ha existido un excesivo control sobre la libertad de expresión, sobre la prensa libre, sobre los periodistas ecuatorianos. Espero que la Asamblea Nacional dé urgente trámite para que volvamos a vivir en plena libertad en Ecuador.

Esta Ley sería publicada en el Registro Oficial cuando sea calificada por el Consejo de la Administración Legislativa (CAL) y obtenga la aprobación en el Pleno de la Asamblea Nacional.

 

Por: Mario Bohórquez S.

redaccion@cromaclictv.com

 

 

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