La crisis institucional que atraviesa la Defensoría del Pueblo parece una telenovela con una serie de episodios, que no avizora una salida inmediata y mucho menos fácil, al contrario, se ha levantado dudas sobre las instituciones competentes y procedimientos establecidos en las normas jurídicas, que deben nombrar el reemplazo de Freddy Carrión, procesado por abuso sexual.
La Defensoría se ha detenido por la disputa entre las funcionarias Zaida Rovira y Tania Castillo, quienes señalan ser las subrogantes legítimas del máximo cargo de la entidad. Rovira, abogada guayaquileña designada vicedefensora (segunda autoridad institucional), el 15 de abril de 2020, por Freddy Carrión, de acuerdo a la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, ejerce el cargo y por ello, le corresponde asumir el puesto mientras corren los 90 días normados para que termine la ausencia temporal del defensor titular, previo a la decisión sobre su destitución.
El plazo para que Carrión tome posesión de su cargo antes de que se declare su ausencia definitiva, se cumple el 18 de septiembre de 2021, pues el periodo transcurre desde que finalizaron sus vacaciones el 17 de junio, aunque se encuentra recluido en la cárcel 4 de Quito, desde el mes de mayo. Sin embargo, el 18 de junio -mediante documento firmado electrónicamente- destituyó a Rovira y nombró como su reemplazo a Tania Castillo, para que asuma sus funciones mientras resuelve su situación jurídica.
En este caso, no debería intervenir el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) todavía, por cuanto la misma Ley indica que solo podrá designar al reemplazo de Carrión, una vez que se declare su ausencia definitiva y sea removido del cargo. Sin embargo, el 23 de julio, el pleno del Cpcss reconoció las acciones del defensor desde la prisión y reiteró sus decisiones de destituir a Rovira y nombrar a Castillo segunda autoridad y defensora subrogante. Ante esto, Castillo anunció que solicitaría apoyo policial para asumir el cargo que Rovira también defiende en función de la norma que la ampara.
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Esta intromisión institucional no está contemplada en la norma jurídica, lo cual es un acto que carecería de validez, por cuanto su mediación en la crisis no corresponde en este momento. Rovira tomó posesión legítima el pasado 17 de mayo y ella ostentaba la máxima autoridad cuando intervino Carrión para reemplazarla. Aunque la Ley ampara a la designación de Castillo, por haberse realizado con un acto jurídico legítimo mediante medios virtuales, la emisión de la orden se dio por una autoridad que se encuentra cumpliendo prisión preventiva y por ende, aislado de la capacidad de dirigir una entidad o realizar sus actividades cotidianas.
Más allá de la situación jurídica de Carrión, sobre la que su esposa, Priscila Schettini, ha denunciado anomalías y persecución política con el fin de arrebatarle el cargo de Defensor del Pueblo, la Ley impide el uso de dispositivos electrónicos para fines distintos a la educación, en los centros de privación de la libertad.
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Freddy Carrión fue nombrado en un período denominado de “transición”, surgido de la consulta popular y referéndum de 2018, que dio paso a la sustitución de los miembros del Consejo de Participación. Hasta ese año, los consejeros eran designados por la Asamblea Nacional, mediante concurso de méritos y oposición y luego, tras los resultados favorables para la pregunta 3, en la que se impuso el Sí con el 63,08% de apoyo, se ordenó conformar su estructura a través de sufragio universal directo.
Pregunta 3
¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para reestructurar al Consejo de Participación Ciudadana v Control Social, así como dar por terminado el período constitucional de sus actuales miembros, y que el Consejo que asuma transitoriamente sus funciones tenga la potestad de evaluar el desempeño de las autoridades cuya designación le corresponde pudiendo, de ser el caso, anticipar la terminación de sus periodos de acuerdo al Anexo 3?”
De esta manera, Lenín Moreno obtuvo la potestad de nombrar directamente a los consejeros, a través de la remisión de ternas a la Asamblea Nacional, que designó a los 7 miembros principales y 7 suplentes del organismo. De esta manera, el llamado Consejo transitorio, liderado por Julio César Trujillo (+) adquirió los poderes de evaluar el desempeño de las autoridades designadas y en la mayoría de casos, cesó sus gestiones y nombró reemplazos, lo que dio paso a un proceso de reestructuración institucional. Los concursos fueron observados por la designación de autoridades con bajas calificaciones en las pruebas de conocimiento, como en el caso de la fiscal Diana Salazar y los integrantes de la Corte Constitucional.
Solo el tiempo dirá cuál es la salida a la crisis de esta entidad, clave en la defensa de los derechos de las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos que habitan en el país, mientras queda pendiente conocer si Carrión será o no llamado a juicio por abuso sexual.
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Por: Viviana Paredes y Teresa Menéndez
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