Asamblea aprobó Ley para la Defensa de la Dolarización

La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reformas al Código Monetario y Financiero para la Defensa de la Dolarización, que contempla entre otras cosas se reorganizaría el Banco Central (BC).

El proyecto tuvo 86 votos a favor, 41 en contra, 1 blanco y 7 abstenciones, y será remitido al Ejecutivo para su sanción u objeción, hasta el próximo 24 de abril.

Quienes estuvieron a  favor, señalaron que con los ajustes planteados se logrará reorganizar y mejorar la estructura del Banco Central fortaleciendo la dolarización y el sistema financiero, apuntando a tener más liquidez, proteger los ahorros, recuperar la confianza para atraer inversión nacional y extranjera.

Los asambleístas que están en contra a la Ley aseguran que es inconstitucional, tanto por la forma de designar los miembros de las Juntas Monetaria y Financiera, como por lo inherente a fuga de capitales.

El proyecto busca regular la economía a través de la Junta de Regularización de Política Monetaria, que será instrumentalizada por el Banco Central, que como parte de la función ejecutiva, debe contar con autonomía para ejercer sus competencias legales y constitucionales, siendo que las decisiones e implementación deben estar en criterios exclusivamente técnicos.

Establece procesos de control externo al Banco Central por parte de la Fiscalía, Contraloría, Asamblea Nacional y la Presidencia de la República. Las dos juntas, tanto la Monetaria y Financiera, como parte de la Función Ejecutiva, tendrán gobernanza y estructura propias que les permita tomar decisiones de manera técnica e independiente.

Para el afianzamiento y protección de la dolarización se determinan ejes claves: el restablecimiento de la regla de respaldo conformada por cuatro sistemas dentro del balance del BC. La meta de acumular gradualmente reservas internacionales, para respaldar la totalidad de los recursos que se encuentran en el BC, así como los billetes y monedas fraccionarias en circulación.

Además estipula que la reorganización y el fortalecimiento de la base institucional que gobierna al BC, sea bajo un marco legal que le otorgue objetivos y funciones específicas e independencia técnica para respaldar el régimen de dolarización.

Respecto del sector financiero popular y solidario se establecen disposiciones para contar con una apropiada supervisión y control de todas las entidades para preservar la seguridad, estabilidad, transparencia y solidez de las instituciones.

Sobre la Corporación  del  Seguro  de  Depósitos,  Fondo  de  Liquidez  y  Fondo  de  Seguros Privados  (COSEDE),  se  alinea  la  normativa  a  las  mejores  prácticas internacionales que establecen que el asegurador de depósitos deberá contar con la recuperación adecuada de los recursos de sus fondos, a fin de maximizar la cobertura de los depositantes.

El proyecto también establece una Junta Financiera y otra Monetaria con autoridades que  serán elegidas y fiscalizadas por el Legislativo y se conformarán con  tres  miembros.

En la Junta Financiera participará el presidente  de la Junta Monetaria con voz, los  Superintendentes,  el  Presidente  del Directorio de la COSEDE; y, un delegado del Ministerio de  Finanzas; mientras; en la Junta Monetaria participará el Presidente de la Junta Financiera, el Gerente General del BC; y, un delegado del Ministerio de Finanzas.

Para ser miembros de las Juntas, pueden participar candidatos que hayan prestado sus servicios en el sector público o privado y personas que provengan del ejercicio de la cátedra en universidades públicas y privadas. Sobre la regla de respaldo prevé cuatro sistemas dentro del balance general del Banco Central para lograr el sostenimiento y fortalecimiento del esquema monetario de dolarización.

Así mismo, establece que la Junta de Política y Regulación Financiera defina un sistema de tasas de interés máximas, evitando la interpretación de que esta norma tiende a la liberación de las tasas de interés.

Sobre la regulación de las cooperativas de ahorro y crédito se realiza ajustes para asegurar el adecuado funcionamiento y preservar las características fundamentales de las cooperativas cerradas; se reconoce la función social y el lugar que le corresponde en el sistema financiero a cajas y bancos comunales permitiendo que a través de la asociatividad y la solidaridad tengan acceso a financiamiento reembolsable y no reembolsable.

Por: Stalin Briones
sbriones@cromaclictv.com

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